viernes, 23 de octubre de 2015

5.Resumen


Ley Orgánica de educación (LOE)
Título II. Artículo 84 Punto I .Administraciones educativas deben de regular la admisión
Título II. Artículo 84.Punto II .Si no hay plazas suficientes, el poderos de admisión se rige por la existencia de hermanos o padres en el centro o cerca del centro
Título II. Artículo 84.Puanto III. No puede haber discriminación
Título II. Artículo 84.Punto IV. Pueden solicitar colaboración de otras administraciones para autentificar los datos
Título II. Artículo 84.Punto VIII. En los centros privados concertados los niños que sean admitidos una vez, al cambiar de etapa no tendrán que pasar más el proceso de admisión

Artículo 15. Solicitud de plaza
 1. Las solicitudes de plaza se formularán utilizando el modelo oficial que, al efecto, se apruebe por la conselleria competente en materia educativa.
2. Las disposiciones normativas posteriores concretarán el procedimiento de solicitud de plaza y el número de centros máximo que podrá solicitar cada una de las familias.
3. Cada solicitante presentará una única solicitud, junto con la documentación acreditativa de las circunstancias a las que se refiere el artículo 16 de este decreto, en el centro en el que se solicita plaza en primera opción.
4. Al objeto de detectar las solicitudes duplicadas, la Administración educativa arbitrará el procedimiento adecuado para remitir y obtener información de las solicitudes presentadas.

Artículo 16. Criterios para la valoración de las solicitudes de puesto escolar
1. La admisión del alumnado en los centros a que se refiere este decreto, cuando no existan en ellos plazas suficientes para atender todas las solicitudes de ingreso, se regirá por los siguientes criterios:
 a) Existencia de hermanos o hermanas matriculados en el mismo centro.
b) Proximidad del domicilio o lugar de trabajo de alguno de los padres, madres, tutores o tutoras.
c) Padres, madres, tutores o tutoras, trabajadores en el centro docente. d) Rentas anuales de la unidad familiar.
e) Discapacidad del alumnado, de sus padres, madres y hermanos o hermanas.
 f) Condición de familia numerosa.
g) Padres, madres, tutores o tutoras legales, o hermanos y hermanas, antiguos alumnos del centro solicitado.
h) Simultaneidad de estudios reglados.
 i) Circunstancia específica.
j) Condición de deportista de elite.
k) Expediente académico en Bachillerato 

Enlace:Normativa de Referencia

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